lunes, 4 de octubre de 2010

Niños colombianos empiezan a beber a los 10 años


El país ocupa el primer lugar en consumo temprano de alcohol en Suramérica.

Pese a haber generado normas suficientes para controlar el problema, estas no se cumplen.
Esta es una de las principales conclusiones del foro 'El papel de la sociedad y el Estado en la protección de niños y adolescentes frente al consumo de alcohol', organizado por Red PaPaz y la Universidad del Rosario. A él asistieron representantes de Bienestar Familiar, de los sectores de salud y educación, de las licoreras y los comerciantes, entre otros.
De acuerdo con datos presentados por el investigador Augusto Pérez, director de la Corporación Nuevos Rumbos, los niños están empezando a tomar a los 10 años y las niñas, a los 11 años; ese promedio de edad, valga decirlo, tiende a bajar en ciudades como Bogotá, Medellín y Tunja.
El estudio, hecho hace dos años entre cerca de 10.000 escolares de las principales ciudades, indica que el consumo se inicia hacia el primero de bachillerato y a partir de ahí muestra una tendencia creciente.
Mal ejemplo en casa
Si bien la Ley 124 de 1994 prohíbe el expendio de bebidas embriagantes a menores de edad, el 87 por ciento de los adolescentes aseguran haber adquirido trago sin ningún problema en tiendas, el 54 por ciento en supermercados y el 55,6 por ciento en las cigarrerías. Un número importante de encuestados dijo haber tenido acceso a él en su propia casa.
"Los papás y los adultos son los principales patrocinadores del consumo de trago en niños y adolescentes", asegura Carolina Piñeros, directora ejecutiva de Red PaPaz. Tanto así que el 42 por ciento bebe en compañía de algún familiar. En Medellín y en Tunja toman con los papás.
Lo grave es que la Ley de Infancia y Adolescencia (2006) exige que los niños sean protegidos del consumo de bebidas alcohólicas. "Si la norma es incumplida por los propios padres de familia, ¿qué se puede esperar de otros sectores? Eso explica el hecho de que los adultos dedicados al negocio de la rumba vean en los menores de edad un mercado lucrativo", advierte Piñeros.
Durante el foro se habló, incluso, de las nuevas estrategias puestas en marcha por bares y tabernas para atraer a estos clientes.
Uno de los medios más usados son las invitaciones a rumbas, a través de las redes sociales. Estos jóvenes llegan a estos locales seguros de que no les pedirán documentos.
Los administradores de bares y tabernas también ofrecen comisiones a menores de edad, por cada cliente nuevo que lleven a sus locales.
"La Ley 124 determina, además, que todo menor que sea sorprendido consumiendo bebidas embriagantes asista con sus padres y acudientes a cursos sobre prevención de alcoholismo a Bienestar Familiar o a la entidad que haga sus veces. Pese a que la ley se expidió hace 16 años, esto nunca se ha cumplido", asegura Piñeros.
Augusto Pérez, uno de los investigadores más reconocidos del continente en el tema, afirma que un país como Colombia, donde nueve de cada diez adolescentes aseguran haber tomado alcohol en algún momento de sus vidas, "requiere la toma de medidas de choque para controlar el problema".
Los efectos del licor en el cerebro
El alcohol es una sustancia psicoactiva cuyo uso crónico afecta el sistema nervioso. Entre más temprano se inicie su consumo más se afecta la capacidad de aprendizaje de los jóvenes.
En ellos también:
Disminuyen la memoria y los procesos de atención.
Deteriora progresivamente el pensamiento en sus áreas de juicio, razonamiento, análisis y síntesis.
La posibilidad de convertirse en adictos del alcohol y de otras sustancias es más alta en estas edades.
Genera deterioro en sus relaciones sociales, bajo rendimiento académico, alteraciones emocionales y problemas familiares.
No cumplen las normas
Cursos de prevención, también para padres
Ley 124 de 1994, que prohíbe el expendio de trago a menores de edad y señala que los menores que sean sorprendidos consumiendo trago, acudan con sus padres a cursos sobre prevención del alcoholismo al ICBF.
Ley 232 de 1995: prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en las tiendas.
Código Nacional de Policía: prohíbe el consumo de alcohol en la vía pública.
Circular 124 de 1996: el único documento de identificación de los mayores de 18 años es la cédula de ciudadanía, pero algunos bares aceptan contraseñas.

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